Derecho y Obligaciones de las Partes
Además de los que surgen del contrato, hay obligaciones genéricas que incumben a ambas partes, éstas deben actuar con buena fe, prestar colaboración y ser solidarios.
Facultades del empleador
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Organización (económica y técnica de la empresa)
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Dirección (atendiendo a los fines de la empresa y a las exigencias de la producción)
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Modificación de las formas y modalidades de trabajo (siempre que no resulte un ejercicio irrazonable)
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Disciplinarias (deben ser proporcionadas a la falta o incumplimiento del trabajador)
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Controles personales (control del personal) (salvaguardando la dignidad del trabajador). Estos controles deben realizarse siempre con discreción y deberán ser dados a conocer a los empleados y cuidarse el procedimiento a través del cual se lleven a cabo.
Deberes
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Pago de la remuneración
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Prohibición de obligar al trabajador a manifestar sus opiniones políticas, religiosas o sindicales (permitir al trabajador a manifestarse libremente)
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De Seguridad, observando las normas sobre higiene y haciendo observar las pausas obligatorias durante las horas de trabajo.
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Reintegro de gastos y resarcimiento de daños
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De protección a la vida y bienes de los trabajadores
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De ocupación
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De diligencia e iniciativa
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Observar las obligaciones frente a organismos sindicales y de seguridad social. Certificado de trabajo.
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Igualdad de trato
Deberes del Trabajador
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Diligencia y colaboración, prestando el servicio con puntualidad y asistencia y dedicación
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Fidelidad , guardando secreto de las informaciones a que tenga acceso
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Cumplimiento de órdenes e instrucciones
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Responsabilidad por daños que se ocasionen al empleador
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Concurrencia
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Auxilios o ayudas extraordinarias, será obligatorio para casos de peligro grave o inminente.